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Habitualmente nuestros clientes en Madrid nos preguntan si tienen que pedir algún tipo de licencia de obra para la reforma de su vivienda o que otro tipo de trámite deben realizar.
Solicitar si o si la licencia para contenedor de escombros o saco en Madrid
Por norma general, en una obra o reforma se generan escombros, por lo que en Eko Reformas siempre pedimos a nuestros clientes (o lo tramitamos por ellos) la solicitud de licencia para contenedor o saco para escombros.
El trámite consiste en el pago de un impuesto o tasa que suele mediar los 60/100 € al mes que autoriza a dicha persona o entidad a ocupar la vía publica para la ocupación de saco o contenedor.
La solicitud se puede realizar de forma rápida y sencilla a través del siguiente enlace sede electrónica del ayuntamiento de Madrid aunque el usuario deberá disponer del certificado electrónico, clave pin o un usuario y contraseña para poder firmarlo.
Si no se dispone del certificado, habría que descargar y rellenarlo con los datos que solicitan:
Posteriormente, se debe pagar la tasa correspondiente y entregar la documentación en la oficina de atención al ciudadano en la Junta Municipal mas cercana a la vivienda del propietario.
Detalles a tener en cuenta a la hora de rellenar el formulario de solicitud de Instalación de contenedores y/o sacos de Residuos de Construcción y Demolición (R.C.D.)
Es importante saber que lo que se paga al ayuntamiento es la tasa por ocupación de vía publica de dicho conenedor o saco, pero los contenedores son facilitados por empresas privadas, a las que suele llamar la empresa de reformas y cambiarlos una vez lleno. Esta gestión posterior la suele hacer y pagar siempre la empresa de reformas. Y suele tener un coste de 100 € por contenedor que suele pagar el reformista.
Si necesitas mas información del pago de esta tasa/impuesto también la podrás encontrar en la Página del Ayuntamiento de Madrid.
TIPO DE REFORMA/OBRA VS. TIPO DE LICENCIA
Como hemos comentado anteriormente, en octubre de 2020 entraba en vigor de la Ley 1/2020 de 8 de Octubre de Modificación de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. Gracias a ella las Comunicaciones Previas se han eliminado como medio de relación del ciudadano con la Administración municipal en materia de obras, pequeñas reparaciones y determinadas actividades.
Podemos diferenciar tres tipos principales de licencia urbanística para las reformas de viviendas en Madrid:
REFORMAS U OBRAS SIN NECESIDAD DE LICENCIA
No necesitan licencia de obra las pequeñas reformas de mantenimiento dentro de una vivienda.
Ejemplos de obras/reformas que no necesitan licencia:
Todo ello, siempre que solo afecte a una vivienda. En caso de ser una obra/reforma en un edificio no puede tener ningun tipo de protección estipulado dentro Plan General de Ordenación Urbana de Madrid
“DECLARACIÓN RESPONSABLE” PARA REFORMA DE VIVIENDAS
La Declaración Responsable hace referencia a las obras de pequeña envergadura que no afecten a la estructura del edificio ni a ningún elemento protejido contemplado en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Antes de la nueva ley de octubre del 2020, este trámite se denominaba “Comunicación previa para pequeñas reformas y determinadas actividades” pero desde dicha fecha, cambió a “Declaración responsable de actuaciones urbanísticas”.
Este nuevo formato consiste en la declaración responsable urbanística en la cual mediante un documento el interesado manifiesta bajo su responsabilidad que su obra o reforma cumple con los requisitos exigidos en la normativa urbanística, además de tener toda la documentación necesaria ( en caso de ser solicitado por el Ayuntamiento) que lo acredite.
Ejemplos de obras/reformas que necesitan de una “Declaración Responsable“:
Una vez sabido si es nuestro caso, para la Declaración Responsable el interesado debe facilitar la siguiente documentación al Ayuntamiento de Madrid:
supuestos previstos en la normativa sectorial de aplicación.
reformado tras la intervención, que contengan, al menos, los extremos indicados en el punto anterior.
Al igual que en los otros casos, se puede tramitar todaslas gestiones de forma online a través de la web del Ayuntamiento de Madrid.
Los efectos de la declaración responsable se producirán desde el día en que la misma tenga entrada en el registro del Ayuntamiento siempre que vaya acompañada de la documentación necesaria.
Además se puede ampliar la información en la página web del Ayuntamiento de Madrid o llamar al teléfono de atención al cliente 010 o a través de su chat virtual para cualquier otra duda.
LICENCIAS DE OBRAS
Aquellas obras o reformas donde se hace necesaria la licencia de obra son aquellas en las cuales siempre es necesario un proyecto técnico por parte de un arquitecto o técnico competente.
En este caso, el plazo para recibir contestación por parte del Ayuntamiento desde la entrega de toda la documentación exigida es de dos meses.
Permiten cambios en la estructura del edificio o vivienda tales como cambios de pilares, vigas, aperturas de huecos en muros de carga, etc.
Para su solicitud existen dos modalidades de licencia de obra:
Licencia de obras y/o actividad por procedimiento ordinario abreviado:
Se da en aquellos casos siempre que:
Para tramitar la licencia de obras por procedimiento ordinario abreviado se necesita:
Licencia de obras y/o actividad por procedimiento ordinario común:
Se da en:
Para tramitar la licencia de obras por procedimiento ordinario común se necesita:
Documentación específica en función del tipo y circunstancias de la actuación a desarrollar:
El plazo para recibir contestación por parte del Ayuntamiento es de dos meses desde entrega de la documentación completa en ambos casos.
Si todavía tienes dudas, puees encontrar más información en la página del Ayuntamiento o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
Solicita más información o un presupuesto sin compromiso.
Estaremos encantados de ayudarte en lo que necesites.
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